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Violencia familiar

La violencia hacia las mujeres y a cualquier miembro del grupo familiar es considerada como un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos. De acuerdo a la ENDES 2016, en nuestro país, 6 de cada 10 mujeres alguna vez unidas fueron víctimas de violencia física y/o sexual.

¿Qué es la Violencia contra la Mujer?

Es cualquier acción o conducta que causa a la mujer muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico por su condición de tal, tanto en el ámbito público como en privado.

La violencia puede darse dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio. Comprende entre otros violación, maltrato físico o psicológico y abuso sexual.

¿Cuál es la razón de ser de la Ley 30364?

La Ley N° 30364 es la norma promovida por el Estado peruano y tiene como objetivo prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres y contra los integrantes del grupo familiar, que se produzca en el ámbito público o privado. Busca proteger a la mujer y la familia, cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad, en razón a su edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.

Esta norma dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fin de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia, asegurando el ejercicio pleno de sus derechos.

¿Quiénes están protegidos por esta Ley?

Están protegidos:

  1. Las mujeres durante todo su ciclo de vida: niña, adolescente, joven, adulta, y adulta mayor.
  2. Las y los integrantes del grupo familiar, entendiéndose como tales a cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes, o quienes tengan hijos en común; las y los ascendientes o descendientes por consanguinidad, por adopción o por afinidad, parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad o adopción y segundo grado de afinidad, y quienes habiten en el mismo hogar siempre que no medien relaciones contractuales o laborales, al momento de producirse la violencia.

¿Qué tipos de violencia se pueden denunciar?

Violencia Física: Acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud (golpes, puñetes, patadas, empujones, jalones de cabello, bofetadas, entre otros). Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

Violencia Sexual: Acción de contenido sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Además de los delitos de violación sexual, actos contra el pudor y tocamientos indebidos, incluye actos que no implican penetración o contacto físico (acoso sexual en espacios públicos, exposición del cuerpo sin consentimiento, insinuaciones sexuales), y la exposición a material pornográfico, entre otros.

Violencia Psicológica:  Acción u omisión que busca controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla, avergonzarla, insultarla, estigmatizarla o estereotiparla (calumnias, gritos, insultos, desprecios, burlas y toda acción para dañar su autoestima), sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

Violencia Económica: Acción u omisión que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona, a través de la pérdida, sustracción, destrucción, retención, apropiación ilícita de los objetos, instrumentos de trabajo, documentos, bienes, valores, limitación de la entrega de recursos económicos para satisfacer necesidades básicas (alimentación, vestido, salud y otros), evasión en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, control de los ingresos, entre otros.

¿Quiénes pueden denunciar?

La persona agraviada.

  1. La Defensoría del Pueblo.
  2. Cualquier persona que conozca los hechos de violencia.
  3. Tienen especial deber para interponer las denuncias: profesionales del sector salud (médicos/as, enfermeras/os y otros) y educación (docentes, auxiliares, directores/as)

¿Dónde presento mi denuncia?

Puedes realizar tu denuncia ante las siguientes instancias:

  1. Policía Nacional del Perú – PNP.
  2. Poder Judicial - PJ c. Ministerio Público - MP7.

En cualquier comisaría de la jurisdicción. -Juzgados de Familia -Juzgados Mixtos -Juzgados de Paz Letrados (con competencia delegada) -Juzgados de Paz -Fiscalía de Familia o equivalente -Fiscalía Penal o equivalente (sólo para delitos)

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